El diputado Christian Mishel Castro Bello (PRI) impulsa reforma al Código Penal Federal para establecer que comete traición a la patria el servidor público al que le acrediten delitos en materia de delincuencia organizada relacionados con infracciones contra la salud, contrabando de hidrocarburos, secuestro, extorsión y/o emplee recursos provenientes de tales ilícitos para el ejercicio de su actividad política.

La iniciativa, que adiciona las fracciones XVI y XVII al artículo 123, enviada a la Comisión de Justicia, precisa que, además de las penas que conllevan los delitos en lo particular, le será aplicable la pena de prisión máxima señalada en este artículo (40 años) y se le impondrá una multa equivalente a seis años del salario percibido por el ejercicio del cargo público sobre el cual obtuvo provecho para su actividad delictiva.

También, señala que comete traición a la patria el servidor público que haya incurrido en responsabilidades administrativas y penales por hechos de corrupción relacionados con la distracción, ejercicio u otorgamiento, ya sea para beneficio propio y/o de un tercero, de fondos públicos en forma ilegal, así como cuando no acredite de forma legítima el incremento de su patrimonio.

En este caso, le será aplicable la pena de prisión máxima señalada en el citado artículo (40 años) y se le impondrá una multa equivalente al monto del recurso objeto del hecho ilegal o del aumento patrimonial no comprobado.

De igual modo, menciona que comete traición a la patria el tercero particular que haya obtenido un beneficio de las conductas señaladas, siendo aplicable, además de las sanciones administrativas y penales en lo particular establecidas en la legislación vigente, la misma penalidad y multa de hasta el setenta por ciento del beneficio obtenido.

En la fundamentación de la iniciativa, Castro Bello expone que la finalidad es contribuir a que se devuelva la confianza de la ciudadanía hacia las instituciones y al servicio público en general, y se castigue como traidores a la patria a los servidores públicos que, haciendo uso del cargo que les fue conferido o designado, tengan o establezcan vínculos con el crimen organizado.

Asimismo, pretende considerar como traición a la patria cuando los servidores públicos incurran en hechos de corrupción relacionados con el aumento de su patrimonio no comprobado y/o incurran en distracción, ejercicio u otorgamiento de fondos públicos en forma ilegal, ya sea en beneficio propio y/o de un tercero.

Ello –abunda– obedece a que en los últimos años se han presentado una serie de escándalos relacionados con la distracción ilegal de fondos públicos y el ejemplo más claro es el del “desfalco” del organismo descentralizado denominado Seguridad Alimentaria Mexicana (SEGALMEX).

Puntualiza que esto no puede constreñirse únicamente a los servidores públicos que obtengan un beneficio por tales ilícitos, sino también debe extenderse hacia las personas particulares que participen en dichos entramados y que obtengan un beneficio de esas operaciones.

Hizo mención que, en la mayoría de los casos, para hacer efectiva la comisión de tales delitos se requiere de personas físicas y morales que sirvan de intermediarios en las operaciones financieras que simulen la “legitimidad” y “legalidad” en las mismas, en tanto que son meros participantes que claramente se llevan una parte del dinero público sin que se emplee para los fines institucionales a los cuales debería ir dirigido.