Los ataques con ácido y otras sustancias corrosivas, se pueden equiparar en menor medida a un feminicidio en grado de tentativa, tanto por la motivación, los bienes jurídicos afectados, la publicidad de los hechos y la evidente misoginia que está de fondo en este tipo de violencia extrema, afirmaron las diputadas federales, Montserrat Arcos, Ana Lilia Herrera, Adriana Campos, Melissa Vargas y Jaqueline Hinojosa
Por ello, las integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (GPPRI) presentaron una iniciativa que reforma y adiciona el artículo 325 del Código Penal Federal en materia de violencia ácida y feminicidio, tomando en cuenta la naturaleza jurídica del feminicidio, diferente a la del homicidio, como tipo autónomo, ya que éste no solo se limita a la privación del bien jurídico que es la vida, sino que intervienen otros elementos que dotan de complejidad a este delito.
En este sentido, enfatizan las legisladoras priistas, el uso de sustancias corrosivas y abrasivas, tienen la clara intención de infligir una violencia extrema a través de la provocación de sufrimiento, que puede tener como consecuencia la vida, pero que también afectan otros bienes jurídicos considerados dentro del delito de feminicidio, como lo son la dignidad, la integridad corporal y el derecho a una vida libre de violencia.
Explicaron que actualmente, de hecho, es posible investigar los ataques con ácido, pero como un delito de tipo homicida, por lo que al establecerlo como una lesión se puede actuar en detrimento de la forma en que se juzga y atentar con la progresividad de los derechos de las mujeres.
La propuesta pretende proteger a la persona que sufra lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia, donde se hayan utilizado sustancias corrosivas, abrasivas o cualquier otra que provoque una lesión visible y permanente en el cuerpo de la víctima.
Señalaron que también se sancionará al servidor público que retarde o entorpezca la procuración de justicia, que nieguen o dilaten sin justificación el otorgamiento de medidas de protección a las víctimas de feminicidio que lo hayan solicitado. Además, se les impondrá pena de prisión de tres a ocho años y se les inhabilitará de tres a diez años para desempeñar otro cargo público.
Las representantes populares puntualizaron que según el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), los ataques con ácido son agresiones con una altísima carga simbólica, puesto que pretenden dejar una marca permanente y destruir la vida de la mujer a través de una forma de violencia extrema.
Además señalaron que entre los principales efectos físicos se encuentran: un dolor agudo, ceguera, pérdida de rasgos faciales y daños psicológicos severos.
La iniciativa fundamenta que 44 de cada 100 mujeres ha experimentado algún tipo de violencia a lo largo de su vida. En los últimos dos años, subrayaron, los casos de violencia contra este sector se han incrementado, registrándose, por ejemplo, un total 57 mil 495 víctimas de lesiones dolosas en 2020 y 62 mil 365 en 2021, lo cual representa un incremento del 8.47 por ciento.
Por ello, ante la Comisión Permanente, las integrantes de la bancada del PRI buscan reformar las fracciones 11, Vil y el quinto párrafo, así como adicionar las fracciones VIII y IX, todos del artículo 325 del Código Penal Federal.