En la discusión de la reforma a la Ley de Amparo, Morena en la Cámara de Diputados propondrá una reserva para darle flexibilidad a los jueces para determinar en qué etapa procesal aplicar o no la retroactividad en los juicios amparo, en una redacción copiada de la intervención del ministro en retiro Arturo Zaldívar en la conferencia presidencial del 3 de octubre.

Si las comisiones de Justicia y de Hacienda votaron anoche eliminar el polémico artículo tercero transitorio de la reforma, que le daba retroactividad plena a la ley, esta mañana el diputado Hugo Eric Flores registró una reserva que –evaluaron diputados del PAN– le da a los jueces la posibilidad de decidir en qué etapa procesal se aplicaría o no la retroactividad.

En la conferencia de ese día, Zaldívar presentó tres recomendaciones “respetuosas” a los diputados, después de que el Senado aprobó la reforma la madrugada del 2 de octubre, con la reserva que presentó Manuel Huerta Ladrón de Guevara.

Zaldívar –al que algunos senadores le atribuyeron la autoría de dicha reserva– dijo que la redacción no tenía “la suficiente claridad” y que, así como la Presidenta y él no están en favor de ningún tipo de retroactividad, planteó tres “adecuaciones al artículo (transitorio) sin cambiar su sentido, simplemente dándole claridad”.

Esto es, “que se establezca que la Ley de Amparo es una ley procesal. Entendemos que esto no es ortodoxo, no sería estrictamente necesario, pero estamos en una etapa donde las leyes tienen que tener también un efecto pedagógico, que el pueblo las entienda.

“En segundo lugar. Que se prevea con claridad contundente que las etapas procesales concluidas generan derechos adquiridos y se rigen por las normas vigentes al momento de su actuación.

“La regla general es que cada actuación en un juicio se rija por las leyes vigentes en el momento de esta actuación. Entonces, no hay problema, no se van a revocar sus pensiones ni actos en los amparos que ya causaron estado. Y esto, creemos que se debe establecer de manera expresa en el precepto.

“Y en tercer lugar. Que se diga también que, de acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor de este decreto de reformas se regirán por las nuevas disposiciones, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras”.

Hoy, en contraste con la decisión inicial de la cámara para dejar la redacción inicial propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum, en el sentido de que “los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones aplicables vigentes a su inicio”, se presentó una redacción apegada a lo propuesto por Zaldívar.

Con ello, la redacción que propone Hugo Eric Flores del artículo 3º transitorio, es la siguiente:

“Al tratarse de una ley procesal, las etapas procesales concluidas que generan derechos adquiridos a las partes, se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los procesos respectivos. Por lo que hace a las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, de conformidad con la doctrina y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se regirán por las disposiciones de este Decreto, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras”.

Esto es, señalaron legisladores de Acción Nacional, el juez puede determinar que la etapa procesal de admisión del amparo, que ya generó derechos, no tiene retroactividad, pero las siguientes de actuaciones, pruebas, alegatos y la suspensión o no, ya se regirán bajo las nuevas disposiciones.

La cámara espera un debate largo, por lo que la reserva será la última que se discuta por la noche en el pleno de la cámara, donde se espera una batería de 100 oradores.