El diputado Pablo Vázquez Ahued (MC), a través de una iniciativa, propone reformar el artículo 185 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a fin de fortalecer los derechos de los consumidores y usuarios de telefonía móvil.

La reforma, turnada a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, plantea establecer el derecho de los usuarios de servicios móviles, en cualquiera de las modalidades de su prestación, de fijar el límite máximo de consumo para evitar el cobro adicional por uso de los servicios originalmente contratados, sin que implique dicha solicitud una erogación adicional.

También, que se provean los servicios de telecomunicaciones conforme a los parámetros “e índices de calidad establecidos por los lineamientos que emita la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, debiendo establecerse de manera desglosada y sencilla en los contratos de adhesión las obligaciones que el concesionario o autorizado se haya comprometido a satisfacer”.

En caso de incumplimiento, la persona usuaria podrá rescindir el contrato sin sanción, quedando obligada únicamente a cubrir cualquier costo pendiente.

A que la entrega de equipos sea en los términos que establezca la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, así como a solicitar y obtener el desbloqueo de manera inmediata cuando concluya la vigencia del contrato, se liquide su costo o se pague de contado, a través de medios electrónicos, siempre que las funcionalidades técnicas del equipo lo permitan, sin necesidad de acudir a los Centros de Atención a Clientes del concesionario o autorizado.

Asimismo, a que en cualquiera de las modalidades de su prestación, los saldos remanentes de los servicios incluidos en el plan tarifario, así como los complementarios y disponibles contratados de manera expresa y que no hayan sido consumidos en su totalidad, le sean reintegrados al cliente o usuario en el mes siguiente de su facturación, siempre y cuando técnicamente sea posible, según determine la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones en los lineamientos.

La Procuraduría Federal del Consumidor verificará al menos cada dieciocho meses si existen condiciones que deban observar los concesionarios o autorizados en los contratos de adhesión, en su caso, conforme a los lineamientos en materia de parámetros e índices de calidad de servicios móviles que emita el órgano regulador competente en materia de telecomunicaciones, por lo que podrá solicitar las modificaciones correspondientes para la mejora de la calidad de los servicios prestados a las personas usuarias.

El documento en su exposición de motivos indica que de acuerdo con la información del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) el mayor número de inconformidades corresponde a fallas en el servicio, siguiéndole los problemas relacionados con los cargos, saldos y bonificaciones.

Además, la portabilidad y contrataciones, incumplimiento en la publicidad o promociones, evasión para realizar el desbloqueo de celulares y, por último, el cambio de plan o paquete sin previo aviso y no hacer válida la garantía de equipos y cambio de modalidad.