Diputadas y diputados del grupo parlamentario del PT impulsan una iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, a fin de garantizar la reinserción social efectiva de las personas adolescentes infractores que hayan cumplido con sus medidas de sanción respectivas.
La iniciativa, suscrita por las y los diputados Reginaldo Sandoval Flores, Mary Carmen Bernal Martínez, Greycy Marian Durán Alarcón y Luis Fernando Vilchis Contreras, propone modificar los artículos 2, 12, 46, 50, 71, 72, 77, 79, 81 y 154 de dicha norma; fue turnada a las comisiones de Justicia y de Juventud para dictamen y opinión, respectivamente.
Plantea que en la Federación y en las entidades federativas haya un área de reinserción social, adscrita a la autoridad administrativa especializada en la materia de justicia para adolescentes.
Dicha área tendría la atribución de gestionar el acceso de las personas jóvenes a programas sociales que permitan su libre desarrollo tras el cumplimiento de las medidas de sanción correspondientes, así como de realizar la articulación interinstitucional mediante la coordinación y colaboración con las autoridades corresponsables.
Asimismo, brindar un seguimiento personalizado respecto de las medidas impuestas tras el cumplimiento de su sanción, proporcionar apoyo a la familia y a las víctimas mediante su acompañamiento dentro de los planes de actividades para garantizar la reinserción social y familiar, y las demás que se consideren necesarias.
También establece que las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno deberán mantener coordinación interinstitucional a fin de dar seguimiento y acompañamiento a las personas adolescentes para asegurar su efectiva integración social y prevenir la reincidencia.
Precisa que la Encuesta Nacional de Adolescentes en el Sistema de Justicia Penal tendrá como finalidad generar información estadística que permita conocer “las causas que ocasionaron” el procesamiento de las personas adolescentes privadas de la libertad, las condiciones de internamiento “y reinserción”. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) tendrá la obligación de recabar información sobre “las causas que pudieron propiciar la conducta y el porcentaje de reinserción”.
Se incorporan entre las autoridades corresponsables para el cumplimiento de esta Ley, a las secretarías de Bienestar, de Cultura y de las Mujeres. Asimismo, indica que la persona adolescente privada de su libertad tiene derecho al acceso a medios de información como el “internet” y a recibir en todo momento “activación física”.
Argumenta que actualmente la ley se limita a establecer mínimas medidas encaminadas a garantizar una reinserción social efectiva, excluyendo el seguimiento al cumplimiento de las medidas de sanción impuestas para evitar la reincidencia delictiva.
Refiere que, de acuerdo con el INEGI, mediante el Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales 2024, al cierre de 2023 se tenía registro de que mil 508 personas habían ingresado a centros especializados de justicia para adolescentes. Del total de jóvenes, mil 420 personas habían ingresado por primera vez y 88 personas reingresaron.
El Estado tiene la obligación de garantizar y preservar el goce de los derechos de las personas, principalmente de los sectores más vulnerables como los menores de edad, puntualiza.
