La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), solicitó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) flexibilizar los procesos de exigencia de obligaciones para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) expulsadas del Régimen Simplificado de Confianza (Resico),
En comunicado de prensa, manifiesta el organismo empresarial, que como resultado de la actualización de obligaciones económicas de los contribuyentes que lleva a cabo el SAT, se realizó una expulsión masiva de varias empresas, ya que se actualiza lo establecido en el artículo 113-I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
De tal forma que las MiPymes que salieron del Resico deberán ponerse al corriente en sus obligaciones económicas desde enero de 2022, cuando entró en vigor este régimen o la fecha en que se incorporaron y no desde su expulsión. Además de retirarlos del Resico, el SAT no les brindará flexibilidad alguna para cumplir sus obligaciones, explicó el sindicato patronal.
“Ante la situación actual, consideramos que la autoridad tributaria debe ser sensible, sobre todo atendiendo al contexto de las micro, pequeñas y medianas empresas, ya que, en la mayoría de los casos, se les causa una gran afectación que podría llevarlas a la bancarrota”, advirtió Coparmex.
La decisión del SAT de actualizar el monto “ha colocado a muchos pequeños negocios en una encrucijada, al evaluar la continuidad de sus operaciones”, subraya el organismo empresarial
También hace un llamado a la autoridad fiscal para flexibilizar los procesos de exigencia de obligaciones, considerando la temporalidad de salida del Resico. “Solicitamos la oportunidad para que las empresas puedan mantenerse en la formalidad y continuar su crecimiento en sus actividades”.
Desde su perspectiva, expresa la Coparmex, la decisión del SAT hará que el Resico revierta el objetivo inicial de impulsar a las empresas a formalizarse, sobre todo a talleres mecánicos, escuelas, cocinas, cafeterías, restaurantes y ferreterías.
“Esta modalidad entró en vigor el 1 de enero de 2022, permitiendo a personas físicas con ingresos anuales no superiores a 3.5 millones de pesos y a personas morales con ingresos no mayores de 35 millones a pagar entre 1% y 2.5%, según sus ingresos y lo establecido en la tabla del artículo 113-E, párrafo quinto”
Apunta la Coparmex que la formalidad es el camino necesario para mejorar las contribuciones, las cuales deben ser justas y proporcionales, con modalidades flexibles”.
La confederación señaló que en este y otros casos, la autoridad tributaria contará con un aliado desde Coparmex para encontrar las mejores rutas de cumplimiento y atención de las obligaciones desde el sector empresarial, sin que esto afecte sus afiliados ni ponga en peligro la viabilidad de la economía formal que representan millones de MiPymes en el país.