El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó suspender la difusión de los spots de los precandidatos presidenciales de Movimiento Ciudadano (MC), Samuel García Sepúlveda, y del Frente Amplio por México, Xóchitl Gálvez Ruiz, debido al incumplimiento de las normas.
En el caso de García Sepúlveda, la Comisión de Quejas y Denuncias consideró procedente la adopción de las medidas cautelares solicitadas por el PRI, PAN y PRD, debido a que MC y el todavía gobernador de Nuevo León están haciendo un uso indebido de la pauta para radio y televisión para promocionar su imagen y difundir propaganda a través de seis promocionales.
La consejera Claudia Zavala Pérez, presidenta de la comisión, argumentó que el modelo de comunicación no permite el uso de las prerrogativas de los partidos políticos para promocionar a un servidor público.
“Mientras siga difundiéndose este spot, me parece demasiado complejo y delicado que en una etapa de precampaña, en el uso de radio y televisión de un partido político, esté apareciendo como una propuesta en la que, según advierto, no se identifica si es un proceso interno, sí habla de precandidato único a presidente de Movimiento Ciudadano en letras que a veces pasan desapercibidas, pero lo relevante es que es un servidor público de alto nivel en un estado porque es el gobernador de la entidad federativa”.
Respecto a Gálvez Ruiz, la consejera electoral recordó que esta es la segunda ocasión que se le pide a los partidos y la senadora con licencia que sustituyan los promocionales, toda vez que no se identifica la calidad de precandidata, lo que vulnera los principios de legalidad, equidad y certeza.
“Si bien ahora la tutela preventiva la estamos dictando en este sentido, parecería que son spots que se quedaron ahí, ya tenemos elementos para después poderle hacer un llamamiento si persiste en esta falta de identificación. Hoy no es tiempo de candidatos, hoy no es tiempo de propagandas, hoy es tiempo de identificar en qué proceso y en qué calidad se participa”.
La Comisión de Quejas dio un plazo de seis horas, contado a partir de la notificación, para suspender la difusión de los promocionales denunciados.