Con el propósito de aumentar las penas al tráfico ilegal de vida silvestre, cuando se comercialice en plataformas digitales, la diputada Ana Laura Bernal Camarena (PT) propuso reformar el párrafo segundo del artículo 420 del Código Penal Federal.
Las penas que se aplicarían son hasta de seis años más de prisión y hasta mil días multa adicionales a las consideradas en el primer párrafo de ese artículo que van de uno a nueve años de prisión y el equivalente de 300 a 3 mil días multa.
Actualmente el párrafo segundo señala que: “Se aplicará una pena adicional hasta de seis años más de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando las conductas descritas en el presente artículo se realicen en o afecten un área natural protegida, o cuando se realicen con fines comerciales”. Y la reforma añade: “o cuando se realicen con fines de lucro a través de plataformas digitales, así como cuando se incurra lo contrario a lo establecido en los tratados internacionales de los cuales el Estado mexicano es parte”.
La exposición de motivos destaca que el comercio ilegal de vida silvestre es un negocio muy lucrativo en todo el mundo, lo que ha ocasionado que siga en crecimiento. Muestra de ello es la afluencia de anuncios, publicaciones, mensajes y todo tipo de comercialización dentro de las redes sociales, promoviendo la compraventa de animales exóticos y derivados.
Refiere que una investigación del Centro para la Diversidad Biológica muestra que el tráfico ilegal de vida silvestre está normalizado en el país y una de las causas es por la laxa aplicación de las leyes y la falta de voluntad de combatir este problema.
De acuerdo con World Wildlife Fund (WWF) el tráfico ilegal de vida silvestre ha ido en crecimiento, lo que deja una derrama económica de más de 10 mil millones de dólares, al posicionarlo como la quinta actividad comercial ilegal más rentable del mundo.
El documento, turnado a la Comisión de Justicia, apunta que la principal causa del tráfico ilegal de vida silvestre es la alta demanda que hay en el mercado negro; es decir, “los que adquieren promueven que este delito se agrave, ya sea para poseerlos como mascotas, consumo o vestimenta personal”.
“Esta actividad no es meramente nacional sino internacional, la importación y exportación se da por diferentes consumidores de todo el mundo, lo que hace que este delito se perpetúe en el tiempo”, sostiene.
Por ello, indica, ante la falta de regulación sobre estas situaciones en específico, se ha creado una laguna jurídica en el Código Penal Federal, “siendo necesario penalizarlo, ante la impunidad que persiste en la sociedad”.