La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados inició su reunión plenaria, durante la cual tiene previsto aprobar la iniciativa respaldada por seis de siete bancadas en el recinto, que prevé ajustar las facultades del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Al iniciar el encuentro, de inmediato se decretó un receso de al menos una hora o hasta nuevo aviso, en espera de que la Junta de Coordinación Política llegue a un acuerdo sobre el proyecto que se discutirá, informó el presidente de la comisión dictaminadora, Juan Ramiro Robledo.
En el recinto se informó que la reunión se reanudaría después de las 16:30 horas.
Al intervenir en la parte inicial de la reunión en Puntos Constitucionales, ya durante el receso decretado, el diputado de Movimiento Ciudadano, Salvador Caro, preguntó a qué se debe la incertidumbre sobre el tratamiento a dicho tema.
Mientras la Comisión dictaminadora sigue en receso, en la Junta de Coordinación Política del recinto, en privado, se habló de los posibles cambios al proyecto, a integrar a través de reservas de las bancadas del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y del Partido Revolucionario Institucional.
Entre otros cambios, indicó el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Juan Ramiro Robledo indicó que «se establezca que el periodo electoral comenzaría para la elección más grande, la que abarca los 300 distritos del país, la de Presidente de la República, en septiembre, y las demás en noviembre, esa es una propuesta”, apuntó.
“Y que se entiendan actos anticipados de campaña aquellos que se pronuncian dentro de los 30 días anteriores a las precampañas, esa es la propuesta”, abundó.
Asimismo, se prevé establecer cambios en los criterios para la adopción de sentencias en el Tribunal Electoral.
Se plantea agregar a la Carta Magna un texto referente a las acciones afirmativas, para que el Tribunal ya no establezca criterios en esa materia ni aplique interpretaciones, sino que se limite a cumplir textualmente lo que diga la Constitución.
De igual modo, se proponen criterios distintos para la resolución de quejas e imposición de sanciones por presuntas violaciones a la norma electoral.
“Se le propone un nuevo criterio para resolver, el objetivo es que no ponga sanciones que no están en la ley y que no adopte procedimientos que no están en la ley, y no cree normas jurídicas que esas se las reserve el Congreso de la Unión”, abundó, con el objetivo de impedir que los magistrados “legislen”.
Acciones afirmativas, sin afectación
Robledo Ruiz y el presidente de la Junta de Coordinación Política, Ignacio Mier, rechazaron que los cambios vayan a afectar los derechos de participación electoral y de defensa ante el Tribunal, de quienes forman parte de las llamadas “acciones afirmativas”, es decir, de grupos minoritarios y vulnerables como mujeres, indígenas, migrantes y la comunidad LGBT, entre otros.
Los congresistas aseguraron que los colectivos, organizaciones sociales, agrupaciones feministas y demás integrantes de la sociedad civil que se oponen, tienen una lectura equivocada del proyecto.
Entre las reservas a promover se establecerá que en cuanto a las acciones afirmativas, “tendrán el carácter de modificaciones legales y fundamentales, y su interpretación deberá favorecer la protección más amplia”.
Añaden que los partidos, en ejercicio de su autodeterminación y auto organización, establecerán en sus estatutos las reglas para la designación de sus dirigencias “por lo que deberán expedir”, las reglas para garantizar el principio de paridad de género en la integración de sus órganos colegiados.
Del artículo 73 constitucional, elimina el párrafo referente a las medidas afirmativas a favor de grupos vulnerables, así como “el cumplimiento del principio de paridad de género”.
Límites al Tribunal
En cuanto a las facultades del Tribunal, la reforma indica que le corresponderá resolver en forma definitiva y “exclusivamente, las controversias que se susciten por normas generales, actos y omisiones y resoluciones regulados por las leyes electorales”.
Añade que el Tribunal Electoral dictará sus resoluciones “conforme a los principios expresamente establecidos en esta Constitución”.
Destaca que los actos y demás determinaciones de las Cámaras en ejercicio de sus facultades exclusivas, las decisiones de sus órganos de gobierno y las que correspondan a sus regímenes interiores, quedan excluidas de la jurisdicción del Tribunal.
Artículos transitorios
En artículos transitorios, los congresistas agregaron un artículo segundo, en el que precisan que las disposiciones sobre “acciones afirmativas” y paridad de género, en caso de que el Congreso de la Unión no haya emitido disposiciones regulatorias, o no exista legislación, para las elecciones del 2024, aplicarán los lineamientos vigentes en los procesos electorales de 2021, 2022 y 2023.
Para la renovación de dirigencias partidistas hasta 2024, aplicarán las normas y criterios aplicados hasta el año 2021.