La Cámara de Diputados aprobó reformas al artículo 19 constitucional, que amplía el catálogo de delitos a los que aplica la prisión preventiva, a fin de integrar en esa lista el tráfico ilegal de armas de fuego.
El proyecto aprobado por 454 votos a favor y 24 en contra, fue turnado al Senado de la República para su análisis y eventual aprobación.
Refiere que el Ministerio Público solicitará a un juez conceder la prisión preventiva oficiosa, cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar que los imputados se presentarán ante el juez, el desarrollo de las investigaciones y la protección de las víctimas.
La prisión preventiva oficiosa se dictará en casos de distintos delitos, a los cuales se sumará el tráfico ilegal de armas de fuego.
El resto de las conductas a las que se aplicará prisión preventiva oficiosa incluyen abuso o violencia sexual contra menores, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas.
También robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, robo al transporte de carga, huachicoleo, desaparición forzadas de personas, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas y el Ejército, y delitos graves contra la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.