Tres días después de que el defensor José Martínez Cruz y organizaciones sociales exigieran el cese del hostigamiento y una disculpa pública por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), luego de años de litigar contra quien fuera director de la Primera Visitaduría, el organismo presidido por Rosario Piedra Ibarra descalificó el posicionamiento llamándolo “exceso de verborrea sin fondo”.  

El martes 22, en conferencia de prensa Martínez Cruz recordó que el litigio que emprendió la CNDH en su contra se derivó de entrevistas con medios de comunicación, luego de dejar la Primera Visitaduría y hablar de la implicación del Ejército en la desaparición forzada de los 43 normalistas de Ayotzinapa, punto que había causado que Piedra Ibarra lo cesara del cargo, ejercido de enero a agosto de 2020.

En la conferencia se dio a conocer que, durante cinco años, la CNDH denunció penal y administrativamente a Martínez Cruz, pero que la Fiscalía General de la República (FGR) desechó la querella declarando el no ejercicio de acción penal contra el defensor. 

Finalmente, tras la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la revisión de un juicio de amparo, se desecharon las acusaciones.   

En un comunicado, la CNDH señaló que el activista “jamás fue víctima de ningún hostigamiento”, omitió mencionar su pretensión inicial de someterlo penalmente, y reconoció que el fallo del Poder Judicial de la Federación fue “parcialmente favorable” para Martínez Cruz.  

Tras un recuento del litigio administrativo, y sostener que en una primera sentencia el TFJA del 16 de mayo de 2023, “se determinó la existencia de responsabilidad administrativa en su contra por uso indebido de información obtenida en su cargo”.  

Contra esa resolución, Martínez Cruz interpuso un recurso de amparo directo que, en una resolución del 20 de septiembre, ordenó al TFJA que revocará la sentencia del 16 de mayo de 2023 y determinara “si la divulgación de información privilegiada le genero al quejoso una ventaja personal o profesional”.  

El organismo sostuvo que “la batalla legal, que no alargó la CNDH, continuó el 23 de octubre de 2023, a consecuencia de que el C. Martínez Cruz promovió un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, contra el que el organismo interpuso un recurso de revisión adhesivo.  

La CNDH reconoció que “si bien la sentencia de amparo concluyó que no se acreditó plenamente una ventaja profesional derivada de la divulgación”, el organismo destacó con tipografía en negritas y en mayúsculas que “SÍ SE CONFIRMÓ LA EXISTENCIA DE LA CONDUCTA MATERIAL: LA DIVULGACIÓN DE INFORMACION PRIVILEGIADA POR PARTE DEL C. MARTINEZ CRUZ”.  

Para la CNDH la posibilidad de Martínez Cruz para interponer procedimientos judiciales, son evidencia de que al defensor se le garantizó “el pleno ejercicio de sus derechos de audiencia, defensa, acceso a la justicia e imparcialidad procesal”, sin que el organismo ejerciera “ningún tipo de hostigamiento institucional ni persecución personal”.  

El organismo insistió que su actuación fue “estrictamente institucional” y reconoció que en el proceso litigioso el Órgano Interno de Control de la CNDH “no pudo demostrar adecuadamente cómo el C. Martínez Cruz obtuvo ventaja ‘personal o profesional’ con la divulgación que hizo de información privilegiada, y por eso no se pudo configurar la infracción administrativa”.  

La CNDH acusó a las organizaciones que acompañaron el comunicado a favor de Martínez Cruz –Artículo 19, el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez y la Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos– de tener “desempeños nebulosos, por decir lo menos”, y de estar “asociados en esta campaña propagandística contra la CNDH y de aparente ‘reivindicación’ del C. Martínez Cruz”.  

La CNDH expuso que los motivos por los que Piedra Ibarra lo destituyó como director General de la Primera Visitaduría fue por tener “cero avances en la investigación del Caso Ayotzinapa que se le encomendó, y 400% de rezago en la atención de las quejas que debió atender”. 

El organismo alegó que decidió expone su postura “ante el exceso de verborrea sin fondo que se ha vertido en los últimos días, y dejar en claro que, aun cuando el amparo resultó parcialmente favorable al C. Martínez Cruz, la CNDH mantuvo su posición jurídica”, confirmándose “la existencia de conducta material, esto es, la divulgación de información privilegiada por parte del C. Martínez Cruz”.