La diputada Mirna María de la Luz Rubio Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, presentó ante la Comisión Permanente una relevante iniciativa de reforma a la fracción III del artículo 151 de la Ley del Seguro Social, con el objetivo de proteger los derechos de las familias de trabajadoras y trabajadores fallecidos, y corregir una omisión legal que ha dejado en el desamparo a muchas personas beneficiarias.

La propuesta busca que, en los casos en que un trabajador reingrese al régimen obligatorio del IMSS después de más de seis años de interrupción y fallezca antes de cumplir las 52 semanas de cotización continua que exige la ley actual, se reconozcan las cotizaciones previas que ya había acumulado en periodos anteriores. Esto, siempre que con esas cotizaciones se hubiera generado el derecho a una pensión de viudez.

“La muerte, como causa de fuerza mayor, no puede operar en perjuicio de quienes, de haber continuado con vida, habrían cumplido sin dificultad el requisito de semanas adicionales”, subrayó la legisladora. Consideró inaceptable que el sistema de seguridad social condicione el acceso a una pensión únicamente a un nuevo periodo de aseguramiento, cuando el trabajador ya había generado ese derecho previamente.

La diputada recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ha determinado la inconstitucionalidad de aplicar de manera rígida el artículo 151, fracción III, en casos donde el asegurado fallece antes de cumplir las semanas requeridas. Dicha interpretación, dijo, “vulnera el derecho fundamental a la seguridad social y desconoce la expectativa legítima generada por las cotizaciones efectuadas en vida”.

Rubio Sánchez explicó que esta reforma tiene un fuerte impacto social, pues restituye un principio básico de equidad dentro del sistema de seguridad social y ofrece una respuesta concreta a cientos de familias que han sido injustamente excluidas del derecho a una pensión por el fallecimiento de un ser querido. “No se trata de crear nuevos derechos ni de ampliar beneficios, sino de reconocer los que ya fueron generados por las y los trabajadores durante su vida laboral”, precisó.

Enfatizó que esta medida no implica una carga económica adicional para el Estado ni para el IMSS, ya que las pensiones que podrían derivarse se sostienen en aportaciones ya realizadas. “Es una reforma de justicia normativa, que llena un vacío legal perfectamente identificado y que da cumplimiento a las obligaciones internacionales de México en materia de derechos humanos”, señaló.

Asimismo, destacó que el derecho a la seguridad social está protegido por la Constitución y por diversos tratados internacionales ratificados por México, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y el Convenio 102 de la OIT. En ese sentido, dijo, “la iniciativa responde también al principio de progresividad de los derechos sociales y a la obligación del Estado de no adoptar medidas regresivas”.

“La justicia social, núcleo del constitucionalismo mexicano, se ve fortalecida con esta medida, dotando de certeza jurídica a miles de familias mexicanas que hoy viven con incertidumbre ante la negativa del reconocimiento de derechos ya adquiridos por sus seres queridos fallecidos”, concluyó.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Seguridad Social para su análisis y dictamen.