Para mejorar el procedimiento de elección de la persona titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y eliminar su reelección, la diputada Elizabeth Pérez Valdez (PRD) presentó una iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
El documento, remitido a la Comisión de Derechos Humanos para su dictamen, plantea sustituir la palabra “el presidente” de la CNDH por “persona titular de la presidencia” y establecer que no podrá ser reelecto.
Entre los requisitos para su elección incluye el no haber desempeñado ningún cargo a nivel nacional, estatal o municipal, ni ser afiliado o militante en algún partido político en el año anterior a su designación; ni haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos tres años anteriores a la designación.
Busca que la persona titular de la CNDH sea elegida por el voto de las dos terceras partes de las y los integrantes de la Cámara de Senadores o, en sus recesos, por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con la misma votación calificada, y no por las dos terceras partes de los miembros presentes de dicha Cámara como ocurre actualmente.
Sugiere facultar de manera explícita a las comisiones unidas de Derechos Humanos y Justicia de la Cámara de Senadores para emitir la convocatoria para la elección del o la titular de la CNDH, señalar los requisitos y el procedimiento mediante el que se desahogue la elección.
También, definir el proceso para la designación de un comité técnico de evaluación integrado por siete personas representantes de las organizaciones sociales de los distintos sectores de la sociedad, así como entre los organismos públicos y privados promotores o defensores de los derechos humanos, de las cuales tres serán nombradas por el órgano de dirección política de la Cámara de Senadores, dos por el órgano de dirección política de la Cámara de Diputados y dos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Hace mención que dicho comité recibirá la lista completa de las personas aspirantes que concurran a la convocatoria pública para evaluar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, su idoneidad bajo criterios específicos con que se evaluará a las personas aspirantes, ponderar capacidades, aptitudes, actitudes, competencias, conocimientos, habilidades, los cuales se darán a conocer previamente y al finalizar el procedimiento a las y los aspirantes.
Argumenta que se seleccionarán de manera paritaria a las diez personas mejor evaluadas para remitir la relación a las comisiones unidas de la Cámara de Senadores o ante la Comisión Permanente.
La diputada Pérez Valdez expone que la CNDH fue creada en 1990 para promover y vigilar que las instituciones gubernamentales cumplieran con sus obligaciones de defender y respetar los derechos humanos. Su instauración es fruto de muchos años de trabajo de organizaciones no gubernamentales mexicanas que habían documentado abusos cometidos en México, y se convirtió en totalmente autónoma en 1999.
Indica que su autonomía es crucial para garantizar que pueda actuar de manera imparcial y efectiva en la defensa de los derechos humanos, por lo que “preocupa que un organismo encargado de velar por los derechos humanos de las y los mexicanos sea utilizado con motivos políticos y deje de lado su labor constitucional”.
Considera que la persona titular de la CNDH en su designación debe contar con el consenso necesario de todas las fuerzas políticas del Senado de la República. Y ese consenso se presenta a partir de perfiles profesionales, capaces, independientes y autónomos. “Las y los legisladores debemos privilegiar el consenso en nuestro trabajo legislativo”.