A fin de proteger los datos personales sensibles que involucren información de niñas, niños y adolescentes, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), en la Cámara de Diputados, propuso que para obtener dicha información se requerirá el consentimiento expreso y por escrito de quien ejerza la patria potestad, tutela o guarda y custodia del menor.
La iniciativa de reforma, contempla modificaciones a las Leyes Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y, General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
En su propuesta, la diputada ecologista, Valeria Santiago Barrientos, explicó que de manera cotidiana brindamos información personal de manera voluntaria, al hacer trámites en organismos públicos o privados, cuando publicamos contenidos en redes sociales, al descargar aplicaciones digitales en los dispositivos móviles, cuando hacemos compras online o completamos encuestas, entre muchas otras actividades.
No obstante, de acuerdo con la ley en la materia, estos datos son los que requieren una especial protección en virtud de su naturaleza y de las consecuencias que puede tener el mal manejo de los mismos para su titular.
Señaló que la ley define como sensibles aquellos datos que se refieran a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste, entre ellos los que puedan revelar el origen racial o étnico; estado de salud presente o futuro; información genética; creencias religiosas, filosóficas y morales; opiniones políticas y preferencia sexual.
Santiago Barrientos indicó que, en el caso de los menores de edad, los datos personales no están considerados como sensibles, lo cual hace urgente que esta información, que es bastante delicada, sea incorporada en la ley.
Por ello, propuso que se introduzca en la legislación correspondiente que los datos personales de niñas, niños y adolescentes sea considerada como sensible y que el responsable de recabar información, además de tener la obligación de informar a los titulares la información que se recaba de ellos y con qué fines, a través del aviso de privacidad, en el caso de los menores de edad se requerirá el consentimiento de quien ejerza la patria potestad ya que éste podrá, en cualquier momento, solicitar el acceso, rectificación, cancelación u oposición de dicha información.
Asimismo, se establece que cuando así lo permita su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez, el menor pueda ser escuchado e informado sobre el tratamiento de su información, en un lenguaje sencillo y comprensible.