El uso de armas con características no letales, con fines de autodefensa, debería estar permitido en México, propuso el vicecoordinador de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN) en la Cámara de Diputados, Jorge Triana.
El congresista planteó reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para establecer que todo ciudadano podrá contar con medios de protección para su defensa no letal.
El proyecto turnado a la Comisión de Defensa para su estudio y eventual aprobación, agrega que la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) deberá crear un listado de “armas no letales para uso cotidiano” en legítima defensa.
Refiere que la ciudadanía debería tener autorización de usar medios no letales de protección, “sin causar daño grave y menos con la intención de privar de la vida a alguien”.
Recordó que el Código Penal Federal contempla en el artículo 15, fracción IV, que no se considerará delito el uso de artefactos para defenderse, cuando “se repela una agresión real, actual o inminente, y sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados”.
“Y no media provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende”, destacó.
La ley ya contempla, abundó, que se presumirá defensa legítima, cuando se cause daño a quien por cualquier medio trate de ingresar sin derecho, al hogar propio, de su familia, sus dependencias o a los de cualquier persona a la que tenga obligación de defender, así como a los sitios donde se encuentren bienes propios o ajenos a los cuales se deba proteger.
l congresista justificó su iniciativa, al afirmar que es derecho de todo ciudadano, poseer y tener armas en su domicilio, con el fin de proteger su seguridad y ejercer la legítima defensa, siempre y cuando no infrinja la norma vigente sobre armas de fuego y explosivos.
No obstante, manifestó, las disposiciones constitucionales en la materia no son claras y tampoco delimitan qué tipo de actuación puede tener una persona, al defenderse a sí misma.
“La presente propuesta tiene como objetivo dotar de una legislación que garantice la libertad de seguridad de los ciudadanos cuanto este derecho se vean afectados en su persona y patrimonio y que garantice la libre portación de armas no letales para la seguridad personal, sin que esto constituya la obligación estatal de proteger a los ciudadanos, sino reconocer la libertad y el derecho individual a la protección personal”, anotó.
Refirió que el país vive una crisis de inseguridad compleja, en la cual, el uso de armas de fuego para cometer delitos como homicidios dolosos, se ha incrementado.
Citó al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para señalar que la utilización de esos artefactos para cometer delitos se incrementó de 9 mil 209 en 20145, a 19 mil 367 casos de homicidio en 2021.
Agregó que otro delito cuya incidencia se ha elevado y ante el que las ciudadanas deberían tener más opciones para defenderse, es el feminicidio, donde el uso de armas letales, armas blancas y otros instrumentos para consumarlo, también es reconocido por el Secretariado Ejecutivo.
Dicho organismo, agregó Triana Tena, también da cuenta de que uno de los principales delitos que atentan contra la integridad de las personas, son de tipo patrimonial, como el robo, que en el periodo 2015-2021, registró en promedio más de 970 mil casos al año.