La diputada Susana Prieto Terrazas (Morena) busca reformar el artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo para reducir la jornada laboral, al establecer que por cada cinco días de trabajo el trabajador disfrutará de dos días de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.
La iniciativa, remitida a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, expone que actualmente la ley precisa un día de descanso por cada seis de trabajo, por lo que, de autorizar la reducción de la jornada laboral, habrá más empleo, aumento en la percepción de los salarios y en los ingresos del gobierno.
Menciona que en México los tiempos de trabajo y la falta de días de asueto tienen repercusiones en los empleados, como puede ser estrés laboral, ansiedad y menor satisfacción laboral y en la vida.
Relata que es probable que la reducción de las horas laborables mejore el equilibrio entre el trabajo y la vida privada de los empleados, aumentando su calidad y satisfacción.
De acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en 2020 se publicó un comparativo entre países y sus horas laborables acumuladas en un año. Los mexicanos trabajan dos mil 124 horas anuales, mientras que el promedio de horas anuales trabajadas en los países de la OCDE es de mil 687, es decir 437 horas más.
Además, los trabajadores invierten horas en los traslados, dando como resultado un promedio de 462 horas al año y para quienes usan el automóvil se calcula que pasan un promedio de 264 horas al año en el tráfico, lo cual equivale a 20 días, y hasta 384 horas o 16 días al año.
Expone que los efectos a largo plazo de esa situación es una mayor incidencia de enfermedades como reacciones agudas, cardiovasculares y gastrointestinales; además, perjudica la salud mental, ocasiona ansiedad, depresión y trastornos del sueño, tabaquismo, abuso del alcohol, dieta irregular y falta de ejercicio.
Refiere que existen antecedentes internacionales sobre la reducción de la jornada laboral, tan es así que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en 1957, emitió el “Convenio sobre las cuarenta horas, 1935 (núm. 47)”, donde se establecen condiciones de reducción de la jornada”.
De ahí se deduce que la reducción de la jornada implicará un beneficio para la persona trabajadora en todos los ámbitos tanto social, laboral y en salud; disminuirla resulta viable dados los cambios legislativos en la materia. Las condiciones laborales no son las mismas de hace 30 años, los ordenamientos jurídicos deben actualizarse, puntualiza.