El Senado de la República aprobó la iniciativa de los diputados federales del PRI, Marcela Guerra y Rubén Moreira, para que se elimine de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la condición de tener un año cumplido, entre la fecha de la celebración del matrimonio y la muerte de un asegurado para que una viuda o viudo pueda tener derecho a la pensión por viudez.
Con la reforma que deroga las fracciones II y III del artículo 132 de la ley del IMSS, y las fracciones II y III del artículo 136 de la ley del ISSSTE se logra también tener derecho a ese beneficio cuando se hubiese contraído matrimonio con el asegurado después de haber cumplido éste los cincuenta y cinco años de edad; o cuando recibía ya una pensión de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada.
La aprobación de la propuesta de los legisladores priistas atiende el mandato de la Segunda Sala de la SCJN, con ello se logra que muchas viudas y viudos puedan tener derecho a la pensión por viudez, habiendo transcurrido tan solo seis meses, entre la fecha en que se contrajo matrimonio y la del fallecimiento del asegurado del IMSS o del ISSSTE.
Después de que los senadores la avalaran este día, se remitió al Ejecutivo federal para los efectos constitucionales, por lo que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación