Con el objetivo de establecer un ingreso mensual en beneficio de las víctimas y sus familiares, y que se destinen los recursos presupuestales necesarios para salvaguardar la integridad familiar y sus necesidades materiales, la diputada Paloma Sánchez Ramos (PRI) planteó reformar el artículo 57 de la Ley General de Víctimas.
Para lo anterior, la iniciativa enviada a la Comisión de Justicia para dictamen, indica que la Federación, entidades federativas y municipios, en sus respectivos ámbitos, formularán y aplicarán políticas y programas de asistencia, que incluyan oportunidades de desarrollo productivo.
Precisa que México superó, recientemente, la cifra de cien mil personas desaparecidas desde 1964. Se estima que en el país desaparecen 28 personas al día, así como al menos 14 niñas y niños, por lo que la crisis de desapariciones ha superado toda normalidad concebible.
A la par de las desapariciones diarias, menciona, hay al menos 50 mil cuerpos sin identificar, por lo que la crisis forense a la que se enfrenta México no tiene precedentes. Solo para cumplir con lo dispuesto en la ley, el país tardará 120 años, lo que no dará respuesta a las víctimas ni a sus familias.
Refiere que a pesar de los esfuerzos que la legislación ha buscado para garantizar a las víctimas de desaparición la memoria y justicia que les corresponden, a la fecha todavía no existe un Plan Nacional de Búsqueda y el trabajo de las comisiones locales de búsqueda se ve entorpecido por falta de recursos y apoyos desde el Gobierno Federal.
La diputada del PRI relata que han sido las familias quienes han formado más de 60 colectivos en todo el país y realizan búsquedas por cuenta propia, aunque en la práctica muchos otros operan sin un reconocimiento específico.
De ahí que las familias invierten tiempo y dinero para realizar búsquedas que no necesariamente están acompañadas por el gobierno, por lo que muchas veces tienen la necesidad de subemplearse o conseguir recursos para continuar con la búsqueda de sus familiares.
La Ley General en Materia de Desaparición Forzada, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, precisa que los familiares de personas desaparecidas tienen derecho a las medidas de atención y asistencia que señala la Ley General de Víctimas.
Sin embargo, dentro de dichas medidas no existe actualmente un señalamiento expreso por un apoyo económico que pueda, por un lado, ser un ingreso mensual que ayude a las familias para su sustento y, por otro, que aporte para las labores de búsqueda que se han visto obligados a realizar frente a la ineficacia de las comisiones de búsqueda para dar respuesta.
Destaca que la propuesta busca que los familiares de desaparecidos y las víctimas que así lo requieran, reciban un apoyo económico mensual en pro de salvaguardar la integridad familiar y sus necesidades materiales.