La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el decreto por el cual se interpretó el concepto de propaganda gubernamental, para permitir a los servidores públicos hacer pronunciamientos a favor del proceso de revocación de mandato, que se realizó el 10 de abril pasado.

La decisión fue aprobada por unanimidad por el pleno de ministros, con base en el argumento de que la emisión de este decreto, con el cual se modificaron las leyes General de Instituciones y Procedimientos Electorales y Federal de Revocación de Mandato, se hizo violando la veda legislativa en materia electoral.

En esencia, el decreto ahora invalidado señalaba que “no constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas».

La ministra ponente, Yasmín Esquivel Mossa, explicó que el decreto entró en vigor el 18 de marzo, cuando ya estaban en curso el proceso para la consulta de revocación de mandato y otras seis elecciones locales.

Explicó que las leyes electorales establecen que las reglas para los comicios no pueden cambiarse dentro de los 90 días previos a la culminación de los procesos, y en este caso transcurrió menos de un mes entre la fecha de entrada en vigor del decreto impugnado, el 18 de marzo, y la consulta de revocación de mandato, que culminó el 10 de abril.

El Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha marcado responsabilidad a 17 mandatarios estatales, integrantes del gabinete presidencial y líderes de Morena por haber hecho declaraciones públicas a favor del proceso de revocación de mandato.