Durante el inicio de la discusión sobre la permanencia de la prisión preventiva oficiosa (PPO) en el marco jurídico mexicano, cuatro de los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunciaron en contra de “inaplicar” el artículo 19 de la Constitución que fija esta medida cautelar.
La primera en pronunciarse en contra del proyecto del ministro Luis María Aguilar fue Yasmín Esquivel, quien argumentó su postura al señalar que este artículo no fue reclamado ni por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ni por los senadores que presentaron las acciones de inconstitucionalidad que llevaron a este debate, por lo que calificó como “incorrecto” actuar respecto a algo que no fue solicitado.
Al señalamiento del ministro sobre que la PPO se ha aplicado de forma desmedida, la ministra dijo que “esto no es problema de la Constitución y señaló que suprimirla implicaría mayores costos para la sociedad, jueces y demás, a quienes se dejaría a expensas de las bandas criminales.
En tanto, la ministra Loretta Ortiz también anunció su voto en contra pues consideró que abordar la inaplicación de una norma constitucional por parte del Poder Judicial llevaría a cuestionar la división de poderes y consideró como una “falacia” desaplicar este artículo cuando los ministros están llamados a proteger la Constitución.
En el mismo sentido, Alberto Pérez Dayán dijo que la Corte no está facultada para declarar la inconstitucionalidad ni inconvencionalidad de la Carta Magna, sino que es el Poder Legislativo quien debe atender el asunto.
“No me corresponde entonces asumir una tarea que no se me otorgó, no soy quien para desprender hojas de la Constitución”, dijo.
A pesar de su postura en contra, mencionó que las cifras elevadas en cuanto a la población penitenciaria sin sentencia se deben “probablemente a lo ambiguo o excesivo de los tipos penales (delitos) que se acompañan de prisión preventiva o, incluso, con un uso indebido de la figura”.
El último en externar su opinión fue el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien fue el único en coincidir con la inconstitucionalidad de los artículos impugnados, por lo que anunció que votará a favor del proyecto.
Sin embargo, rechazó estar a favor de la inaplicación del artículo 19, pues se estaría señalando a la Constitución de traicionar “sus compromisos más fundamentales”.
Durante su intervención expuso que el problema de la prisión preventiva oficiosa y su aplicación como una prisión automática no es consecuencia de la Constitución sino del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales (también impugnado en las acciones de inconstitucionalidad), que no permite a los jueces imponer medidas alternativas a PPO en las resoluciones.
A pesar de que sólo tres primeros ministros se pronunciaron totalmente en contra del proyecto, los cuatro coincidieron en no invalidar desde el marco constitucional, por lo que no se alcanzaría la mayoría calificada necesaria de ocho votos para invalidar el artículo.