La Fiscalía General de la República (FGR) informó que se han girado tres órdenes de aprehensión en contra de igual número de personas, por los hechos ocurridos en la minia de Coahuila El Pinabete”, donde se encuentran 10 trabajadores atrapados.
Desde el pasado 5 de agosto, la FGR comenzó el procedimiento de investigación por los hechos ocurridos en el pozo minero, propiedad de la empresa minera “El Pinabete” S.A de C.V.
La FGR informó que las órdenes de aprehensión son por la probable comisión del delito previsto y sancionado en el artículo 150 en relación con el 149 de la Ley General de Bienes Nacionales.
El 149 indica que: “se sancionará con prisión de dos a doce años y multa de trescientas a mil veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal a quien, vencido el término señalado en la concesión, permiso o autorización que se haya otorgado para la explotación, uso o aprovechamiento de un bien sujeto al régimen de dominio público de la Federación, no lo devolviere a la autoridad correspondiente dentro del término de treinta días naturales siguientes a la fecha de notificación del requerimiento administrativo que le sea formulado”.
Por otra parte, el artículo 150 señala que: “La pena señalada en el artículo anterior se impondrá a quien use, aproveche o explote un bien que pertenece a la Nación, sin haber obtenido previamente concesión, permiso o autorización, o celebrado contrato con la autoridad competente”.
El 11 de agosto se solicitó audiencia judicial en contra de una persona, por su probable responsabilidad en los actos de dirección y administración en la explotación ilícita del subsuelo que es un bien de la Nación, a través de la mina de carbón mineral “El Pinabete”, incumpliendo con las obligaciones que la ley le impone a quien realiza ese tipo de actividades.
Hechos que a juicio de la Fiscalía General de la República constituyen el delito de explotación ilícita de un bien que pertenece a la Nación, previsto y sancionado en el artículo 150 de la Ley de Bienes Nacionales, tratándose de un delito de acción permanente y dolosa, en los términos señalados en el Código Penal Federal, fundamentalmente, en sus artículos 8, 9 y 13.
Asimismo, dando continuidad a las investigaciones, se acreditó que otras dos personas incurrieron en una responsabilidad penal al haber permitido que de manera ilegal se realizaran actividades de explotación del carbón mineral en el pozo minero ubicado en la población de Agujita, municipio de Sabinas, Coahuila donde permanecen atrapados 10 mineros.
Por tal motivo, la FGR obtuvo del juez correspondiente las tres órdenes de aprehensión referidas, debido a que los probables responsables no acudieron a la cita judicial.