El presidente Andrés Manuel López Obrador, publicó el decreto por el que se declara área natural protegida con el carácter de Área de Protección de Recursos Naturales, la zona conocida como Lago de Texcoco, que abarca más de 14 mil hectáreas.
Un día después de la apertura del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) que sustituyó al que se construiría en este lugar, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se hizo público este decreto que abarca territorialmente los municipios de Texcoco, Atenco, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos y Nezahualcóyotl en el Estado de México.
En total la zona protegida contempla una superficie total de 14 mil hectáreas, 33 áreas, 48. 53 centiáreas y el decreto permite entre algunas actividades: investigación y colecta científica; monitoreo ambiental; turismo de bajo impacto ambiental; aprovechamiento extractivo de vida silvestre; pesca y acuacultura; aprovechamiento forestal e incluso aprovechamiento tradicional de la sal que provenga de Salinas formadas en cuencas endorreicas y la construcción y mantenimiento de infraestructura pública o privada.
Dentro de la zona de amortiguamiento del área de protección de recursos naturales Lago de Texcoco, queda prohibido: Arrojar, verter o descargar cualquier tipo de desechos orgánicos, residuos sólidos o líquidos, o cualquier otro tipo de contaminante, tales como insecticidas, fungicidas y pesticidas, entre otros, al suelo o en cualquier clase de cauce, vaso o acuífero; rellenar, desecar o modificar los cauces naturales permanentes e intermitentes de los cuerpos de agua, entre otros.
También construir o establecer sitios de disposición final de residuos, así como de materiales y sustancias peligrosas; acosar, molestar, dañar de cualquier forma a las especies de vida silvestre.
El de reto especifica entre otras cosas, que la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, será la encargada de administrar los terrenos nacionales ubicados dentro del área de protección de recursos naturales Lago de Texcoco, y no podrá dárseles un destino distinto a aquéllos que resulten compatibles con la conservación y protección de los ecosistemas.
Este decreto entrará en vigor a partir de este miércoles 23 de marzo y en un plazo no mayor de 180 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación del Decreto, gestionará su inscripción en los registros públicos de la propiedad que correspondan, así como en el Registro Agrario Nacional y lo inscribirá en el Registro Nacional de Áreas Naturales Protegidas.