El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) entregar al Instituto Nacional Electoral (INE) la información que solicitó vinculada a las investigaciones sobre los casos Odebrecht, OHL y Emilio Lozoya.
A propuesta de Reyes Rodríguez Mondragón, magistrado presidente, el pleno declaró fundada la pretensión del INE, pues –destacó– el secreto ministerial no es oponible a la facultad de fiscalización del INE.
Morena y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentaron en 2017 diversas denuncias ante el Consejo General, donde alegaron una probable aportación a favor de la campaña del entonces candidato a la presidencia de la república Enrique Peña Nieto.
Las denuncias fueron en contra del PRI, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Emilio Ricardo Lozoya Austin, extitular de Pemex, Odebrecht y OHL.
En abril del 2021, la Unidad Técnica de Fiscalización del INE solicitó a la FGR información y copias sobre diversas carpetas de investigación relacionadas con la denuncia de perredistas y morenistas.
Sin embargo, la FGR le negó la información y documentación requerida, debido al carácter reservado de esas carpetas y bajo el argumento de salvaguardar el sigilo de las investigaciones.
En contra de esa determinación, el secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo, presentó un juicio electoral ante la Sala Superior del TEPJF.
A propuesta del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, en sesión pública por videoconferencia el pleno declaró “fundada la pretensión del INE pues, como se ha sostenido en ocasiones anteriores, el secreto ministerial no es oponible a la facultad de fiscalización del INE“.
La decisión se basó en que el Ministerio Público debe tener en cuenta que tanto la Ley General de Instituciones y Procesos Electorales, así como el Código Nacional Procesal Penal, señalan que las autoridades federales, como la FGR, “deben colaborar con las autoridades electorales, en esta ocasión con el INE, en el ejercicio de sus facultades constitucionales, como lo es la de fiscalización”.
Además, en la sentencia se señaló que el hecho de que la FGR otorgara información “no implica que la misma deje de ser reservada o confidencial, pues el INE tiene el deber de mantenerla protegida y de utilizarla exclusivamente para los fines estrictamente necesarios”.
A finales de diciembre, el Tribunal Electoral ordenó a la FGR entregar a la autoridad electoral la información sobre las investigaciones contra Pío López Obrador, hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador, por presunta financiación ilegal del gobernante Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en 2015.